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El derecho, la economía y su relación

Como bien ha sido señalado por los especialistas, el derecho y la economía por mucho tiempo mantuvieron relaciones distantes y frías. En el transcurso del siglo XX, dicha distancia se comenzó a acortar debido a todos los fenómenos que llegaron a ocurrir en el interior de las dos disciplinas.

A finales del siglo XIX, los abogados todavía estaban en su mayoría preocupados por cuestiones clásicas del derecho civil. Del mismo modo en que existen “médicos de familia”, se podría decir que el abogado típico era un “abogado de familia”.

En un mundo al que se le podía considerar cuasi-rural, contentivo de comunidades y familias extensas y que estaban estrechamente vinculadas, sin las presiones que conllevan la urbanización, la masificación de la producción y del consumo, los abogados todavía se ocupaban de redactar contratos civiles, fungían como asesores de la salud del vínculo conyugal y, por sobre todo supervisaban que la transferencia de la propiedad de una generación hacia la siguiente se diera sin que ocurrieran mayores sobresaltos.

Los cambios económicos que se fueron suscitando a comienzos del siglo XX condujeron a los abogados a que se desempeñaran en medio de las nuevas esferas: aumentando de manera considerable su participación dentro de la economía de las empresas y de las sociedades de todo tipo.

De esta manera es como surge un “abogado empresarial” que se ha alejado del modelo del “abogado de familia”. Dicho abogado se encuentra obligado a entender el lenguaje de los negocios y también el clima económico en general: ahora su competencia jurídica se ha volcado a facilitar y a optimizar el desarrollo de los negocios.

En el caso de las universidades latinoamericanas, estas responden al desafío e integran en sus currículos, bien sea con mayor o menor calidad, cátedras que guardan relación con la contabilidad, y la micro y macroeconomía. Es así como el derecho se abrió a la economía debido a una exigencia de su nuevo y más poderoso cliente, es decir, la empresa bajo la forma de una sociedad de capitales.

En simultáneo, la economía se abre hacia el derecho, es decir, su apertura no se hace, aunque no por razones prácticas sino por razones teóricas. Ante ello, no se les solicita a los economistas que tengan conocimientos sobre el derecho: en el currículo de economía, un ejemplo de ello es que no existe ni una sola materia de esa disciplina en en el currículo de economía de los Andes.

El nuevo interés en el derecho encuentra su origen en una teoría que es compleja relacionada con el crecimiento económico que ha brindado diversos premios Nóbel durante los últimos años y esta puede ser descrita en dos tesis fundamentales que le otorgan a los economistas una visión general relacionada con el conjunto del derecho.

De acuerdo a la primera tesis, denominada “teorema de Coase”, el derecho contemporáneo resulta sorprendentemente superfluo pues los individuos, por sí solos y sin intervención del derecho, pueden hacer la asignación más eficaz de los recursos productivos de la sociedad siempre y cuando los “costos de transacción” tienden a cero.